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Derecho a la libertad de expresión para la participación cultural, ¿un derecho digno para todas las personas?

Desde la última década, en España se habla mucho sobre el derecho a la libertad de expresión. El artículo 11, que corresponde al artículo 10 del CEDH, dice que toda persona tiene derecho o de comunicar informaciones o ideas que sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras, El presente artículo no impide que los Estados sometan las empresas de radiodifusión, de cinematografía o de televisión a un régimen de autorización previa[1].

Técnicamente toda persona tiene derecho a expresarse de manera que tenga consciencia de dónde llegan los límites de dicha libertad, como bien dice la frase “mi libertad termina donde empieza tuya”, que significa que tu libertad no debe pasar por encima de la de alguien más, que tus actos y decisiones no deben dañar o limitar el actuar de alguien más. Si bien cabe destacar que, si uno tiene derecho a expresarse libremente, significa que debería poder decir lo que desee sin pensar en las consecuencias, porque puede ejercer esa libertad, pero, analicemos el derecho desde la jurisprudencia.

Ejercer el derecho a la libertad de expresión en actividades culturales puede tener sus consecuencias cuando se usa para para expresar una opinión, por ejemplo, que pudiera dañar el nombre o la figura de un país. Veamos el caso de Valtònyc. Detenido en España en 2012, el rapero mallorquín fue juzgado por la letra de algunas de sus canciones y condenado a tres años y seis meses de prisión por “enaltecimiento al terrorismo”. La amnistía Internacional instó a las autoridades que retiraran la orden de detención contra el rapeo, ya que él estaba ejerciendo su derecho a la libertad de expresión y creían que el enjuiciamiento penal era una restricción ilícita a dicho derecho.

Sin tener que profundizar mucho dentro del propio tema ya hay algo que podemos sacar de lo vivido por Valtònyc, ¿cómo puede ser que varias instituciones no se pongan de acuerdo en un derecho que debería ser igual para todos? Si bien, el ejemplo del joven rapero nos ayuda a hacernos una idea del derecho a la libertad de expresión dentro de la participación cultural, es al que todos tenemos derecho, pero de manera relativa y dependiendo de las condiciones en las que se use ese derecho. ¿Por qué se castiga más que un rapero use palabras que dañen a la corona a que una persona escriba un comentario gordofóbico a un personaje público que acaba de morir? Aunque el último no sea un ejemplo a la participación cultural, ¿no debería ser este derecho universal para todo tipo de actividades o situaciones en nuestro día a día, ya sea presencial o desde lo virtual?

Sí creo pensar que, por lo menos España se comporta de diferentes maneras cuando, desde actividades culturales, un personaje público o cualquier tipo de persona ejerce ese derecho. O bien hace “Oídos sordos” o castiga ese tipo de búsqueda hacia libertad de expresión. Otro ejemplo sería el del Videoclip “Por España” de Samantha Hudson, que arremete contra el auge del fascismo en los últimos años en España y su relación con las agresiones lgtbfóbicas. Con lo cual, analizando las situaciones en las que ejercer el derecho a la libertad de expresión en la participación cultural causa un problema, es en situaciones en las que se tiende a politizar de más ese derecho. No deberíamos ver ese derecho como algo político, sino como un compromiso moral que tiene el público hacia el tema determinado al que se esté refiriendo.

Cabe recalcar que sí, es un derecho que toda persona puede ejercer y que debería poder hacerse de la manera más libre posible y no debería ser desde arriba y desde el nivel político en el que se censurara o se castigara ese derecho dependiendo de los temas de los que se hablara, sino desde el propio artista que está haciendo dicha obra y desde su compromiso ético. No es una cuestión de pensar que un tema se puede hablar o que no dependiendo de cómo un estado se lo tome, sino de entender que, al fin y al caso, el que tiene la mayor responsabilidad dentro de la situación es el que ejerce ese derecho y que su uso debería estar relacionado con el respeto y la reflexión que se tiene y el mensaje que se transmite a través de ese derecho.

 

[1] Diario Oficial de la Unión Europea C303/17 – 14.12.2007

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