La calidad del medio ambiente es algo fundamental a nivel político, económico y social, las políticas y legislaciones medioambientales ayudan a la economía de los países a ser más respetuosos con el medio ambiente, protegiendo los recursos naturales y preservando la salud y el bienestar de los ciudadanos.
La necesidad de que las empresas giren hacia un desarrollo sostenible, ya sea en relación a sus productos, como también a la forma de fabricarlos, ha llevado a los gobiernos y empresas a repensar las políticas de cuidado ambiental que desarrollan. Por esta razón, como ejemplo mundial en este tipo de cuestiones, la Comisión Europea (CE), como ente regulador, impulsó una iniciativa de Directiva sobre la responsabilidad de empresas en materia de sostenibilidad.
Según explicaron en un comunicado oficial “la propuesta tiene por objeto fomentar un comportamiento empresarial sostenible y responsable a lo largo de las cadenas de suministro mundiales”. De esta manera, la entidad, reconocida por su labor en la transición sostenible del planeta, ha elaborado diversas estrategias de gobernanza que los distintos municipios, gobiernos provinciales y nacionales deberán empezar a seguir.
La lucha contra el cambio climático es un objetivo explícito de la política medioambiental de la Unión Europea (UE). La Comisión Europea (CE) activó la iniciativa de los Directivos sobre responsabilidad de las empresas en relación con el medio ambiente. Puesto que estas contribuyen al desarrollo económico es fundamental establecer las medidas pertinentes para avanzar hacia la sostenibilidad. Estas medidas no son optativas, ya que que sería difícil lograr un avance político si estas fueran voluntarias, por lo que las normativas impuestas son de carácter normativo y obligatorio para las empresas pertenecientes a la Unión Europea (UE).
La Comisión Europea (CE) ha establecido normas para lograr empresas sostenibles. En este sentido, la Directiva 2014/95/UE que modifica a la Directiva 2013/34/UE, sobre el contenido del Informe de Estado de Información No Financiera (NFRD/EINF) y su evolución hacia la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD); el cual modifica al anterior incluyendo el aseguramiento de los informes de sostenibilidad anuales y consolidados cuando los ejecuta un auditor de cuentas o una firma de auditoría. Además de insertar ciertas definiciones y modificar las definiciones de "auditor de cuentas" y "empresa de auditoría".
El objetivo es garantizar que las empresas comuniquen la información de sostenibilidad confiable y comparable que necesitan los inversores y otras partes interesadas de manera obligatoria.
Estos nuevos requisitos introducidos en los informes de sostenibilidad irán en línea con los informes financieros y, se espera que con los nuevos requisitos de divulgación se proporcione información valiosa para las partes interesadas sobre los impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad de las empresas. Aportando, además, transparencia y confianza de los grupos de interés; la verificación externa confirma que la información compartida es fiable; información global de la organización; información útil para la toma de decisiones y, mejora del rendimiento de la organización.
Las empresas obligadas a presentar dichos informes son aquellas con más de 250 empleados, entidades de interés público o aquellas que hayan cumplido durante dos años consecutivos, al menos dos de los siguientes:
En base a estos requisitos, diferentes países en Europa han incorporado la directiva a su legislación. Estas medidas de gobernanza son también adoptadas fuera de Europa, empleando este sistema como base para otros países.
Josseline Cusme, analista de estrategia y negocio de ALLCOT, apunta que en España, se refleja en la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética y en la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
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