Las directrices fijadas en el Pacto Verde Europeo obligarán a las empresas a reducir drásticamente, o incluso anular, sus emisiones a lo largo de esta década. Cada vez son más las empresas que requieren de un apoyo adicional para diseñar, implementar y reportar su estrategia de sostenibilidad y lucha contra el cambio climático. Con el fin de informar a nuestros lectores sobre los criterios de Medioambiente, Social y Gobernanza (ESG), ALLCOT Group colabora con Diario Responsable para ofrecer una serie de artículos con las que intentar ayudarles a conocer y entender, además de servir como hoja de ruta para ser una empresa/Pyme sostenible. Este es el primero de ellos.
Actualmente uno de los mayores desafíos para las PYMES en materia de sostenibilidad y su comunicación a las partes interesadas, es la definición, implementación, seguimiento y evaluación de los indicadores ambientales, sociales y de gobernanza (criterios ASG o ESG en inglés). Mientras que las grandes empresas cuentan con todos los medios y recursos para establecer un plan de reducción de impacto de la huella ambiental, así como para mejorar su desempeño a nivel social y de gobernanza, las PYMES no cuentan con los recursos o alternativas suficientes.
Debemos tener claro que el objetivo integral en criterios ASG es identificar, cuantificar y valorar el impacto pasado, a corto, medio y largo plazo que la compañía ha tenido, tiene y quiere tener.
La Ley 11/2018, del 28 de diciembre, de reporte de información no financiera, impone a algunos tipos de empresas la necesidad de publicar su información respecto a las cuestiones de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) mediante un informe de sostenibilidad anual. Para establecer qué compañías debían presentar este documento, se concretaron una serie de requisitos, que siguen vigentes a día de hoy:
El año pasado se publicó la Ley 5/2021, de 12 de abril, una nueva propuesta de Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), que modificaría la Directiva de Informes No Financieros (NFRD) existente. Ésta se transpone a la ley española y a las últimas directivas de la Unión Europea que están vigentes en este momento. La misma entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y establece que todas las empresas que cotizan en los mercados regulados de la Unión Europea, con la única excepción de las microempresas cotizadas, tendrán que presentar informes sobre sostenibilidad. Así, este cambio afectará aproximadamente a 50.000 empresas de la Unión Europea, que deberán publicar un reporte homogéneo y auditado, previsiblemente, a partir de 2024. En el caso de las PYMES, este será simplificado.
Como requisito, este informe debe mostrar, entre otros, el resultado anual y los riesgos asociados que se hayan detectado respecto a las cuestiones relacionadas con el medioambiente. Deben incorporar datos específicos sobre sus emisiones, gestión de residuos y protección de la biodiversidad
Las tendencias apuntan a concluir que el nivel y magnitud de impacto medioambiental está relacionado con el tamaño de la empresa, pero en la realidad, esto no es así. Al no tener un proceso sistemático, nadie en la organización tiene una idea integral de los mismos.
Pongamos el ejemplo de una gran consultora de servicios legales; más allá de sus consumos, criterios de selección de proveedores o viajes, el impacto ambiental es ínfimo en relación a una empresa pequeña que produzca baterías de litio.
Además de la magnitud de los impactos, hay que considerar el universo en que opera la empresa, así como de los recursos financieros y humanos de los que dispone para gestionar estos impactos. Está claro que la responsabilidad sobre los impactos negativos debe mitigarse siempre, pero los impactos positivos que tiene y quiere tener, sí son, en función de su capacidad.
Por todo ello, la clave está en reflejar la transparencia y el rigor con que se debe llevar a cabo este proceso de identificación, seguimiento y reporte.
Sin embargo, hay que tener claro que el fin no es la publicación del informe como tal, sino definir el medio y la manera para que la empresa comunique qué hace y qué puede hacer para mejorar.
De acuerdo con mi experiencia profesional, la mayoría de organizaciones responden de manera “obligada y reactiva” a estos requerimientos y, en general, sus actuaciones no obedecen a un proceso sistémico, planeado y estructurado, que se encuentre alineado con su planteamiento estratégico. El objetivo de estas empresas, es pasar el filtro de auditorías externas y criterios de selección de proveedores.
En este sentido, las PYMES se consideran actores clave en la consecución de una economía más responsable, entre otras razones, por las crecientes demandas en relación a las estrategias de responsabilidad social corporativa de las grandes empresas hacia su red de proveedores. Estos esfuerzos son los que hoy deben ser optimizados a través del resultado de una autoevaluación, amparado en los criterios de sostenibilidad en gestión ambiental, social y económica. Con ello, las PYMES serán impulsadas en su proceso de gestión sostenible y les permitirá emprender acciones de medición y reporte, acercándolas al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.
Por tanto, con la integración de los criterios ASG en las PYMES, se aporta un valor fundamental en la toma de decisiones estratégicas, así cómo, de las demandas por parte de sus grupos de interés. Diferentes obligaciones del ámbito regulatorio, (como son las directivas y leyes de reporte de sostenibilidad) y acciones del ámbito voluntario, (como son los Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS) indican la necesidad de analizar por parte de las empresas, cuáles son sus aspectos materiales más relevantes desde el punto de vista ambiental, social y de gobernanza sobre los que su actividad tiene algún tipo de impacto, no sólo desde la perspectiva del entorno, sino también teniendo en cuenta cómo repercute en el valor del negocio.