Hace veinte años, de manera espontánea y conducidos por la creencia de que era necesario modificar el concepto moderno de creación de valor, un grupo de personas de diversas organizaciones decidimos unirnos y comenzar a dialogar. Fruto de ese consenso, nació el Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa —en adelante, el Observatorio de RSC—. Éramos conscientes de que el modelo económico premiaba una economía extractivista y financiera, en contra de actividades creadoras de valor y, por tanto, apremiaba determinar el papel de la empresa en lo que se refiere a su contribución en la sociedad.
En aquel entonces — y en la mayoría de los foros continúa siendo así—, la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) se consideraba un mero instrumento para la creación de riqueza para el accionista. En el Observatorio de RSC partimos de la base de que los mercados no son perfectos, que la responsabilidad de la empresa es una derivada del poder que puede ejercer sobre la sociedad y de las externalidades provocadas por lagunas legales o por su operativa en entornos vulnerables. Nacimos con la certeza de que las grandes empresas no son meros actores económicos y se han convertido en determinantes en las relaciones políticas y sociales. Su mayor tamaño, junto con la deslocalización y externalización de los centros de producción dificulta el control por parte de los gobiernos sin que, paralelamente, no se haya diseñado una arquitectura de instituciones internacionales con capacidad para fiscalizar su comportamiento.
En estos veinte años hemos seguido los progresos en distintos campos de la RSC, así como las estrategias y roles adoptados por los actores implicados. La falta de una definición universalmente aceptada de la RSC y la pasividad del regulador hasta tiempos recientes ha llevado a interpretaciones diversas y a un uso indebido y no coherente de esta con los valores de la sociedad, y los impactos y externalidades sociales, medioambientales y económicos que las empresas generan.
Nuestros inicios coinciden con los años de expansión económica previos a la crisis de 2008. En ese tiempo se ensalzaba la contribución positiva de la empresa en la sociedad y se defendía como axioma incuestionable la voluntariedad de la RSC. Pese a que esta era la corriente dominante, voces discordantes alertaban de los riesgos financieros derivados del modelo económico y sus impactos. Aunque es difícil de evaluar, me atrevo a decir que el actual interés de las empresas en la sostenibilidad y los avances en la legislación para favorecer un desarrollo sostenible están, de alguna manera, precedidos por un periodo de propuestas, campañas e incidencia de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG).
Desde nuestros comienzos hemos demandado la necesidad de poner contrapesos al poder económico en los procesos legislativos y de desarrollo de normas y estándares. También visibilizamos impactos y la necesidad de abordar la solución de los retos y problemáticas, teniendo en cuenta la materialidad y bajo el diálogo y consenso con las partes afectadas. En 2004 y 2005 organizamos los primeros encuentros sectoriales —uno dedicado al sector eléctrico y otro al financiero— convocando a empresas, comunidades y organizaciones de Latinoamérica. También nos integramos en la Red Puentes y en European Coalition for Corporate Justice, ambas plataformas internacionales: la primera con foco en América Latina y la segunda en Europa.
La globalización y la internacionalización económica han generado un continuo cambio en los marcos legales desde la segunda mitad del siglo XX. Se han creado organismos regionales y multilaterales que desarrollan normas e iniciativas voluntarias de aplicación global, aunque en ocasiones de dudosa efectividad. El Pacto Mundial de Naciones Unidas, las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE o las cuatro Comunicaciones de la Comisión Europea son ejemplos de iniciativas en las que, si bien participan y son impulsadas por instituciones públicas, se delega en la regulación privada la gestión de los impactos sociales y medioambientales.
La confianza en que la regulación privada a través de códigos de conducta o de la adhesión a iniciativas como el Pacto Mundial eran suficientes para afrontar los desafíos que se plantean bajo el paraguas de la RSC ha obstaculizado el avance de normativa pública. La denuncia de la insuficiencia de la voluntariedad ha sido una de las cuestiones que han ocupado al Observatorio de RSC en estos veinte años. Esa denuncia ha ido acompañada de investigaciones que evidencian contradicciones y falta de implementación real: en 2004 presentamos la primera edición del “La RSC en las memorias anuales de las empresas del IBEX35” que este año ha alcanzado 20 ediciones. Este estudio nos ha permitido comprender mejor el estado de la rendición de cuentas, las motivaciones e intereses de las empresas al proveer este tipo de información y del grado de conocimiento técnico, relevancia y protagonismo que las empresas otorgan a las diversas temáticas abordadas bajo la información no financiera.
El estudio, además de ser un instrumento para incidir ante el sector privado y sensibilizar a la sociedad, nos ha permitido participar de las discusiones sobre la información no financiera en el ámbito público, tanto en Europa como en España. Hemos comparecido en el Foro Multistakeholder de 2009 organizado por la Comisión Europea y en el Congreso de los Diputados con motivo de la transposición de la Directiva de Información No Financiera. A través de esta investigación anual, hemos constatado la importancia que las empresas otorgan a los estudios independientes y a los rankings, lo que resalta la necesidad de contar con organizaciones independientes que actúen con conocimiento y rigor en el ámbito de la RSC.
Desde el principio hemos puesto el foco en los aspectos realmente fundamentales de la RSC que durante años han sido, de facto, ignorados: el principio de precaución en medioambiente, la fiscalidad responsable, la diligencia debida en derechos humanos, la financiación a partidos políticos, la corrupción, el respeto de las normas de la competencia y las acciones de incidencia política (lobby) han sido habitualmente excluidos de la comunicación de las empresas, de los contenidos abordados en congresos y jornadas, de los programas de formación de las escuelas de negocio y de las políticas públicas. Para poner estos asuntos en la agenda pública hemos desarrollado campañas (la más relevante en 2011: Rights for people, Rules for business,), elaborado documentales (No a la venta y La salida del laberinto), dirigido programas de radio, participado en congresos, formando parte de espacios institucionales como el CERSE y el PNC, entre otras acciones. También, y con el objetivo de dotar de herramientas y capacidades a empresas, administraciones y sociedad civil, hemos elaborado distintas guías, herramientas de evaluación y realizado una intensa labor de formación.
En los años recientes, la posición dominante de la voluntariedad está cediendo terreno. Con la aprobación de la Directiva 95/2014 de Divulgación de Información No Financiera asistimos, a una incipiente legislación con disposiciones en diferentes ámbitos de la RSC o dirigidas a distintos sectores de actividad. La promoción de una legislación que favorezca la rendición de cuentas y el respeto de los derechos humanos en su cadena de valor ha sido el foco del Observatorio de RSC, siempre en colaboración con otras organizaciones. La Plataforma por las Empresas Responsables es un ejemplo de buen hacer de organizaciones en favor de un objetivo común. De toda la legislación existente, destacamos por su trascendencia la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y la Directiva de presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas.
Nos encontramos en el 2024, veinte años después del nacimiento del Observatorio de RSC y 70 desde que Howard Bowen escribiese La responsabilidad del empresario, y todavía quedan cuestiones en torno a la RSC sin resolver. A pesar de que el debate sobre las implicaciones de la RSC sigue vigente, observamos una voluntad de abandonar el término como referente de la gestión de riesgos, impactos y externalidades de la empresa y sustituirlo progresivamente por otros más complejos, generalistas y difusos, lo que dificulta la comparabilidad y la evaluación de la empresa. “Sostenibilidad” o “contribución de la empresa a los Objetivos de Desarrollo Sostenible” (ODS) son términos que están desbancando a la RSC.
En estos años hemos constatado que no existe una única motivación para que las empresas adopten un comportamiento socialmente responsable, y que este depende principalmente del contexto social, político, legal y económico. Por ello, trabajamos y seguiremos haciéndolo en diferentes frentes. Hemos sido testigos de las estrategias seguidas por un conjunto de grandes empresas que, en su afán por diferenciarse de sus competidores, incorporan la RSC en su comunicación, y también constatado cómo en muchas ocasiones sus posicionamientos públicos se alejan de su comportamiento y la asunción real de responsabilidades.
La aprobación de normativa, que estaría justificada desde el interés general y los objetivos sociales y medioambientales planteados por los gobiernos, en ocasiones se ha visto ralentizada por las estrategias seguidas por las empresas. En algunos casos, éstas utilizan la RSC con el objetivo de dilatar los procesos. Los hechos expuestos nos han llevado al convencimiento de la necesidad de abordar la RSC con una visión crítica, de ser rigurosos con los diagnósticos y precisos con las propuestas. Esta aproximación nos permite huir de postulados que pueden convertirse inconscientemente en cómplices necesarios de un discurso vacuo e instrumentalizado que, en última instancia, persigue mantener un status quo.