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La Comisión Europea aprobó el pasado 29 de junio una nueva metodología para calcular, verificar y comunicar el contenido reciclado —incluido el obtenido mediante reciclado químico— en las botellas de PET de un solo uso para bebidas. Según informó el Ejecutivo comunitario, la medida busca reforzar la transparencia, dar certidumbre al sector del reciclaje y facilitar el cumplimiento de los objetivos europeos de contenido reciclado.
Bruselas fija por primera vez cómo medir el plástico reciclado en las botellas PET de un solo uso

La Comisión Europea ha dado un nuevo paso en la regulación de los envases plásticos de un solo uso con la adopción de unas normas que, por primera vez, establecen cómo debe calcularse, verificarse y notificarse el contenido reciclado químicamente en las botellas de bebidas fabricadas principalmente con tereftalato de polietileno (PET). La medida, aprobada el 29 de junio, se enmarca en el paquete europeo sobre plásticos presentado por Bruselas en diciembre de 2025.

Según explica la propia Comisión, el objetivo es dotar de mayor transparencia al sistema de contabilización del material reciclado que incorporan las nuevas botellas de PET de un solo uso. Con ello, Bruselas pretende crear un marco homogéneo para el mercado, evitar distorsiones competitivas y ofrecer mayor seguridad a las inversiones vinculadas al reciclaje de plásticos.

La nueva metodología podrá aplicarse a cualquier tecnología de reciclado, tanto mecánica como química. Este punto resulta especialmente relevante para los Estados miembros, ya que las nuevas reglas servirán para acreditar el cumplimiento de las metas de contenido reciclado previstas en la Directiva europea sobre plásticos de un solo uso.

En la actualidad, el reciclado mecánico sigue siendo la vía más extendida para tratar residuos plásticos. Este proceso se basa, por lo general, en la clasificación, limpieza, trituración y transformación del material en nuevos productos. Sin embargo, no todos los residuos plásticos pueden reciclarse de esta forma con la misma eficacia. Entre los materiales más problemáticos se encuentran aquellos que contienen restos de alimentos, determinados aditivos o mezclas complejas de materiales que dificultan su reutilización.

Es en ese terreno donde la Comisión sitúa el papel complementario del reciclado químico. A diferencia del reciclado mecánico, este proceso descompone el plástico en moléculas más pequeñas que pueden volver a utilizarse como materia prima para fabricar nuevos plásticos u otros productos químicos. Según sostiene Bruselas, esta vía puede ayudar a reincorporar a la economía circular flujos de residuos que hoy presentan más dificultades de reciclaje, incluidos aquellos destinados a aplicaciones con requisitos estrictos de calidad, como los envases en contacto con alimentos.

La nueva regulación también concreta qué materiales podrán contabilizarse como plástico reciclado a efectos de los objetivos comunitarios. En una primera fase, la UE solo computará el plástico reciclado procedente de la propia Unión y de los países del Espacio Económico Europeo, donde puede verificarse plenamente el cumplimiento de las exigencias ambientales europeas.

A partir del 21 de noviembre de 2027, también podrá contabilizarse el plástico reciclado procedente de países de la OCDE, salvo que quede excluido por el Reglamento sobre traslados de residuos. Además, la Comisión prevé que pueda reconocerse material reciclado de países no pertenecientes a la OCDE siempre que esté amparado por disposiciones que garanticen estándares equivalentes en materia de protección de la salud humana y del medio ambiente, en línea con normas como la Directiva marco sobre residuos o el Reglamento sobre envases y residuos de envases.

Bruselas subraya que el contenido reciclado solo podrá computarse para los objetivos europeos si se basa en criterios “creíbles, trazables y respetuosos con el medio ambiente”. Con esta premisa, la Comisión busca reforzar la fiabilidad del sistema y evitar que el uso de material reciclado se apoye en metodologías poco comparables o difíciles de verificar.

Como siguiente paso, el acto de ejecución se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor veinte días después de esa publicación.

Para elaborar esta normativa, la Comisión consultó previamente a las partes interesadas del sector. Además, la propuesta recibió el visto bueno de los representantes de los Estados miembros en una reunión del Comité de Adaptación Técnica a los Residuos celebrada en febrero de 2026. El texto también fue notificado a la Organización Mundial del Comercio (OMC), de modo que sus miembros pudieran presentar observaciones durante la tramitación.

 
 

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