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Un informe recientemente publicado por el Observatorio de la Transición Justa, elaborado por María Luisa Velasco Gisbert, Directora de Desarrollo Corporativo en Red2Red, pone de relieve la importancia de que todas las políticas de apoyo a una transición energética y ecológica contemplen en su concepto de justicia la necesaria perspectiva de género. Es decir, la autora sostiene que, en la búsqueda de un equilibrio territorial y social, no puede olvidarse que mujeres y hombres perciben y sufren de diferente forma las consecuencias del cambio climático y del deterioro medioambiental, que deberían beneficiarse por igual de las oportunidades que ofrezca la nueva economía asociada a la Estrategia de Transición Justa y, por ende, es preciso prestarse atención a los impactos diferenciales que su proceso.
La perspectiva de género, un pilar clave de la transición justa

La emergencia medioambiental es uno de los problemas más acuciantes de nuestro tiempo. Con el objetivo de contribuir a detener esta crisis, en España, se ha puesto en marcha la Estrategia de Transición Justa (ETJ). Se trata de un documento de política que ampara el enfoque de transición ecológica para combatir la fragilidad económica y social resultante de los efectos adversos del cambio climático para los próximos años. Pero, ¿es posible hablar de justicia sin perspectiva de género? A este interrogante busca dar respuesta María Luisa Velasco Gisbert, Directora de Desarrollo Corporativo en Red2Red, en un informe recientemente publicado por el Observatorio de la Transición Justa.

La experta explica que, el concepto de “justicia” en esta transición viene marcado por las deliberaciones de la Conferencia general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), celebrada en Génova en 2013, según las cuales un desarrollo sostenible debe generar nuevas formas de trabajo que salvaguarden el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras, erradiquen la pobreza y promuevan la justicia social mediante el fomento de empresas sostenibles y la creación de trabajo decente para todos.  Entonces, cabe preguntarnos, ¿existe la justicia social sin igualdad de género? En un mundo atravesado por las lógicas de un sistema patriarcal como el imperante actualmente, no es posible avanzar hacia el desarrollo sostenible justo sin igualdad de género.

Antes de avanzar, es preciso aclarar a qué hace referencia el concepto “perspectiva de género", tal como lo incluye el Objetivo Estratégico 2 de la ETJ. Para evitar confusiones – a veces malintencionadas- Velasco Gisbert expone que esto significa: “Garantizar un aprovechamiento igualitario de las oportunidades, por un lado, mediante medidas de igualdad de género que reduzcan las desigualdades laborales de las mujeres en la transición ecológica y, por otro, mediante medidas para colectivos con especiales dificultades”. Este enfoque, continúa la autora, se traslada a varias actuaciones como las del Eje E sobre políticas activas de empleo verde y el Eje H sobre mejora del conocimiento del impacto de la transición ecológica en el empleo (por ejemplo, con la generación de datos desagregados por sexo).

Siguiendo esta línea argumental, en el comienzo del informe, la Directora de Desarrollo Corporativo en Red2Red se pregunta cuál es la importancia de avanzar hacia una transición justa que sea tanto para mujeres como para hombres. Al respecto, afirma que es necesario comprender el cambio climático en toda su complejidad y desde un paradigma interseccional en el cual intervienen múltiples desigualdades. Es decir, el cambio climático es, sin dudas, un fenómeno injusto. Ya que no impacta en todas las personas por igual, por el contario, afecta especialmente a los sectores más vulnerables de la población que, sin embargo, son quienes menos han contribuido a su aparición. Siguiendo este razonamiento, la autora del artículo advierte que es importante aplicar la perspectiva social al tratamiento de la respuesta ante el cambio climático, dentro de la cual, la desigualdad de género es una de las desigualdades imperantes. Sobre este punto, Velasco Gisbert  cita el diagnóstico de situación que propició el Instituto de las Mujeres para poner de manifiesto la relación entre género y cambio climático (Red2Red, 2020), en el cual se enumeran las premisas de partida que explican la mayor vulnerabilidad de las mujeres ante el cambio climático.  A saber:

  • Las mujeres tradicionalmente se han visto expuestas a discriminación por género (división sexual del trabajo, en paralelo a la asunción de la mayoría de las tareas de cuidado, brecha salarial, techo de cristal, acoso sexual, violencia machista, infrarrepresentación en órganos de poder y en espacios políticos, invisibilización, etc.) y la realidad del cambio climático no es ajena a estas discriminaciones.
  • Ellas son mayoría entre la población más pobre y quienes tienen mayor riesgo y probabilidad de sufrir las consecuencias del cambio climático. El 80% de las personas refugiadas climáticas son mujeres y ante los desastres naturales como las grandes inundaciones, y en países donde hay una significativa desigualdad de género las mujeres tienen muchas más probabilidades de morir.
  • Por tanto, las mujeres están más expuestas, pero a la vez tienen menos capacidad de respuesta, puesto que hasta ahora apenas han participado en los procesos de toma de decisiones por su menor presencia en los órganos de poder donde se planifican las medidas de mitigación y adaptación relacionadas con el clima.

Finalmente, la experta introduce una complejidad aún mayor al análisis retomando los planteos de la perspectiva ecofeminista que vienen adoptando organizaciones del movimiento social al luchar por la justicia climática y donde la defensa de los derechos de las mujeres converge con la protección del planeta. En esta línea, el ecofeminismo abona la idea de que existe un vínculo indisociable entre crisis climática y desigualdad de género, ya que hay una histórica relación entre la subordinación de la mujer frente al hombre y la explotación del mundo natural, compartiendo ambas formas de degradación y explotación la misma causa: una lógica androcéntrica de propiedad y dominio de los hombres sobre las mujeres y la naturaleza.

Por todo lo anteriormente planteado, María Luisa Velasco Gisbert concluye que, en el afán de no dejar a nadie atrás en los procesos de transición ecológica y energética, hay que tener muy presente las diferentes necesidades y el 5 impacto diferencial que las potenciales actuaciones pueden tener en hombres y mujeres.

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