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Tras la reciente entrada en vigor de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD), desde el Clúster de Transparencia, Buen Gobierno e Integridad de Forética, han elaborado un análisis que recoge las principales novedades en relación a la incorporación de los nuevos estándares de reporte (ESRS) que servirán de base para establecer unas reglas de reporting comunes en la Unión Europea, favoreciendo así la utilidad de la información ESG (ambiental, social y de buena gobernanza) para todos los grupos de interés y la comparabilidad entre las compañías.
Forética analiza la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad

La publicación* explica que la CSRD, tiene como objetivo ser una actualización importante de la Directiva de informes no financieros (NFRD), el marco actual de informes de sostenibilidad de la Unión Europea. Ya que, a decir de los expertos, las nuevas reglas ampliarán significativamente el número de empresas requeridas para proporcionar divulgaciones de sostenibilidad a más de 50.000 desde aproximadamente las 12.000 actuales.

En relación a cómo será el procedimiento de aplicación, el documento publicado por Forética afirma que, tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea el 16 de diciembre de 2022, la Directiva entró en vigor a los 20 días, es decir, el pasado 5 de enero, sin embrago, las reglas comenzarán a aplicarse a inicios de 2024 y España, al igual que el resto de los estados miembros de la Unión Europea, cuenta con 18 meses para aplicar las normas desde su entrada en vigor.  Asimismo, los expertos relatan que su aplicación se efectuará en cuatro fases:

  1. Las empresas ya sujetas a la Directiva sobre divulgación de información no financiera deberán presentar en 2025 información sobre el ejercicio 2024;
  2. Las empresas no sujetas actualmente a la Directiva sobre divulgación de información no financiera deberán presentar en 2026 información sobre el ejercicio 2025;
  3. Las PYMES cotizadas están obligadas a informar a partir de 2026, con posibilidad adicional de exclusión voluntaria hasta 2028, y podrán informar de acuerdo con estándares separados y proporcionados que EFRAG desarrollará el próximo año.
  4. Las empresas de terceros países, que cumplan determinados requisitos, deberán presentar en 2029 información sobre el ejercicio 2028.

La principal novedad que destaca la publicación es que la Directiva establece que las empresas dentro de su alcance deberán presentar su información no financiera de acuerdo con unos estándares comunes, con el fin de homogeneizar en mayor medida la información publicada por las empresas de la Unión. En este contexto, el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG, por sus siglas en inglés) designado como asesor técnico de la Comisión Europea, ha sido el responsable de desarrollar y emitir este nuevo marco de estándares: los “European Sustainability Reporting Standards” (ESRS).

Con respecto a la Visión general del proyecto, el análisis de Forética expone que la arquitectura general de los ESRS está diseñada para garantizar que la información sobre sostenibilidad se comunique de forma cuidadosamente articulada y se basa en una estructura ordenada en torno a tres áreas de información

1. Estrategia, que incluye:

  • Estrategia y modelo de negocio en relación con la sostenibilidad
  • Gobernanza y organización en relación con la sostenibilidad
  • Evaluación de la materialidad de sus impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad

2. Medidas de aplicación, que abarcan políticas, objetivos, acciones y planes de acción, asignación de recursos.

3. Métricas de rendimiento. Las áreas de información estrategia y modelo de negocio, gobernanza y organización y evaluación de la materialidad están cubiertas por normas transversales, ya que abordan varios o todos los temas.

En relación a los estándares temáticos, la publicación advierte que las normas incluyen requisitos de divulgación que abarcan cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza. Estos requisitos son independientes del sector. Tienen por objeto permitir a los usuarios de las divulgaciones en materia de sostenibilidad de las organizaciones comprender su impacto en estas dimensiones, los riesgos y oportunidades materiales relacionados con estas áreas y, en última instancia, su impacto en la capacidad de la empresa para crear valor. Las normas temáticas prescriben requisitos de divulgación que cubren (i) políticas, objetivos, planes de acción y recursos, así como (ii) la medición del rendimiento en relación con temas específicos. Estos requisitos deben aplicarse además de las normas transversales.

Por último, los expertos se preguntan si con esta nueva normativa caminamos hacia una convergencia en la arquitectura del reporte. Al respecto, opinan que con el último paquete normativo se persigue la creación de un ecosistema que busca la equiparación progresiva con la información financiera, tanto en importancia como en transparencia, comparabilidad, supervisión y calidad. Estas iniciativas regulatorias se han materializado en estándares, obligaciones y marcos de reporte con el objetivo de que la información no financiera sea lo más homogénea posible.

En este sentido, la publicación concluye que el papel del sector financiero en el proceso de transición hacia una economía sostenible resulta clave y así se ve reflejado en cuanto los aspectos ambientales, sociales y de buen gobierno de las compañías cada vez adquieren más relevancia en las decisiones de inversión y asignación de capital, por ello resulta necesaria una estandarización y equiparación de la información. Los nuevos estándares de reporte ESRS, el régimen sancionador, el formato digital y tratamiento automatizado que incorpora como novedades la nueva Directiva buscan avanzar en esa dirección.

Sin embargo, a pesar de los esfuerzos por la coherencia en materia de regulación del reporte en sostenibilidad, la publicación considera que el marco normativo no ha alcanzado su madurez, coexistiendo gran diversidad de iniciativas que regulan de manera fragmentaria el reporte ESG y encontrándonos ante una regulación lejos de estar consolidada. Por tal motivo, se observa que esta situación requerirá por parte de las compañías la mayor flexibilidad posible a la hora de adaptar sus modelos de reporte y alinearse con las nuevas exigencias.

 

*Cabe aclarar que la mencionada publicación es el resultado de un trabajo técnico realizado por Forética, que no recoge los puntos de vista de las compañías participantes en el Clúster de Transparencia, Buen Gobierno e Integridad, ni su participación en el Clúster supone un apoyo a este análisis.

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