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La Comisión Europea ha denunciado el jueves pasado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por incumplir la normativa de calidad del aire en Madrid, Barcelona y Vallès-Baix Llobregat, donde excede los niveles máximos de dióxido de nitrógeno, un contaminante asociado en las ciudades al tráfico rodado, de la normativa europea vigente desde 2008.

El Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) urge a todas las administraciones con competencias en la calidad del aire, es decir el Gobierno central, las comunidades autónomas y los ayuntamientos, a trabajar de forma coordinada para mejorar la calidad del aire y cumplir con la normativa vigente, es una cuestión de salud pública.

Con la decisión de la Comisión, se inicia una nueva fase del procedimiento de infracción que España tiene abierto desde 2014 por rebasar los valores legales de NO2 y que podría suponer la imposición de una multa económica. No obstante, la Comisión Europea continúa su monitorización de los avances de las administraciones españolas y el expediente podría cerrarse si estas acreditan el cumplimiento de la normativa.

Según el Informe sobre Calidad del Aire correspondiente a 2018, publicado por MITECO el pasado martes, la ciudad de Madrid y el Área de Barcelona superaron el valor límite anual permitido para NO (40 µg/m). El valor máximo alcanzado en sus respectivas redes de medición fue de 54 µg/m en Barcelona y de 55 µg/m en Madrid. Además la capital española registró superaciones del valor límite horario de NO.

Es pronto para determinar los avances de 2019, un año que está registrando menor pluviometría incidiendo negativamente en los niveles NO2. Aún así, según la base de datos de calidad del aire del MITECO, en los meses de abril, mayo y junio de 2019, 21 de las 24 estaciones de medición de la ciudad de Madrid arrojaron descensos en los niveles NO2 con respecto al mismo periodo del año anterior. El descenso más importante tuvo lugar en la estación de Plaza del Carmen, pasando de un valor medio diario de 40 µg/m3 a 23µg/m3. 

En el Área de Barcelona la tendencia de mejora también se registró en el último trimestre, comparado con el mismo periodo del año anterior: de las 18 estaciones de medición de la calidad del aire instaladas en esta zona, 16 estaciones indican descensos en el valor medio. En el caso específico del área Vallés-Baix Llobregat, incluida también en el expediente de infracción de la UE, dejó de incumplir la normativa en 2018. Por otro lado, la zona Urbana Sur, en la Comunidad de Madrid, que se incluyó en el expediente de infracción en 2015, ya no forma parte del mismo, dado que también cumple con los límites legales.

Una vez que se deposite la demanda de la Comisión Europea ante el TJUE, se abre un proceso de fase escrita y oral en el que los jueces podrán escuchar a ambas partes antes de dictar sentencia. Si la sentencia declarativa fuera condenatoria, se abriría un plazo para que las administraciones españolas ejecuten lo dictaminado por los jueces. Si la Comisión Europea constata que no se han emprendido las medidas necesarias podría volver a denunciar al país ante el TJUE, abriendo un segundo proceso con sanciones económicas para España. 

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