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Las graves vulneraciones a los DDHH en minerías de cobalto que, aunque actualmente no tiene esta categoría, podría considerarse un mineral de conflicto, al implicar su extracción vulneraciones a los derechos humanos incluyendo trabajo infantil (1). Con este segundo artículo, damos continuidad al ya publicado en Diario Responsable "Cobalto, Derechos Humanos y legislación internacional"

Parece lógico pensar que los abusos asociados al cobalto y a otros minerales conflictivos se terminarán si no tienen salida en el mercado. Es decir, si nadie paga por ellos. El consumidor es quien decide en último término los bienes que adquiere. Si todos los consumidores rechazaran la tecnología que no pudiera demostrar estar limpia de minerales de sangre, el problema se terminaría en pocos años porque las empresas multinacionales serían las primeras en reclamar el uso de minerales éticos con trazabilidad asegurada, incluido el cobalto. Un ejemplo del efecto de la presión pública y de los medios para la promoción de la minería responsable es el Proceso Kimberley (KPCS, Kimberley Process Certification Scheme https://www.kimberleyprocess.com/en/what-kp ), un sistema de certificaciones que evita que los diamantes de sangre entren en el mercado, y que Naciones Unidas puso en marcha en 2003. Este sistema obliga a los gobiernos a certificar que las partidas de diamantes en bruto proceden de zonas libres de conflicto. Los participantes se comprometen a emitir un certificado que garantice la procedencia de zonas libres de conflicto, que deberá acompañar toda partida de diamantes en bruto destinada a exportación. Todos los países importadores se comprometen a no admitir diamantes en bruto que carezcan del certificado correspondiente del Proceso Kimberley. Por su parte, la industria se comprometió a poner en marcha un sistema de autorregulación.

Pero el valor de los metales empleados en las nuevas tecnologías es tan elevado que muchas empresas tecnológicas han mirado para otro lado, e incluso han llegado a argumentar que declarar obligatoriamente los minerales en conflicto, tal como proponía la OCDE, era una vulneración de su libertad de expresión (2). Aunque no todas hicieron lo mismo. Algunas como la holandesa Fairphone se esforzaron desde el principio en emplear solamente mineral libre de conflicto para fabricar sus smartphones. En 2009, la OCDE diseñó una guía de diligencia debida para las cadenas de suministro de minerales responsables minimizando así el uso de minerales de conflicto. Dicha guía ha servido posteriormente como base para el Reglamento 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017, por el que se establecen obligaciones para los importadores de la Unión en materia de diligencia debida en la cadena de suministro de oro y minerales de estaño, tantalio y wolframio originarios de zonas de conflicto o de alto riesgo. En su informe sobre el cobalto en RDC, AI sostiene que las compañías deberían ser transparentes respecto a la cadena de suministro del cobalto que emplean, y apunta a la responsabilidad de los Estados, especialmente China pero también USA, Corea del Sur y los demás países donde tienen su sede las principales compañías fabricantes de baterías, para exigir esta transparencia (1). AI recomienda a las empresas que hagan pública su política de control sobre el origen del cobalto y otros minerales, incluyendo cómo se controla y previene el riesgo para los DDHH en su obtención; que clarifiquen qué medidas correctivas se toman cuando se descubre algún abuso a los DDHH en cualquier punto de la cadena. Recomienda a las empresas actuar en cooperación con otros actores relevantes, como empresas de fundición del cobalto y autoridades nacionales, para remediar el daño sufrido por las personas cuyos DDHH han sido vulnerados en cualquier punto de la cadena. Esto incluiría poner en marcha un plan para eliminar el trabajo infantil en las minas, apoyar la reintegración de niños y niñas al sistema escolar, y atender a sus necesidades sanitarias, físicas, educativas, económicas y psicológicas.

Parte de estas recomendaciones han sido recogidas por la OCDE, y la UE está teniéndolas en cuenta para sus directivas en otros minerales que se usan en las baterías. Así, la Comisión Europea claramente espera abordar los problemas laborales dentro de la cadena de suministro: “Se espera que la introducción de requisitos mínimos de sostenibilidad tenga un impacto en las condiciones de trabajo en las cadenas de suministro tanto dentro como fuera de la UE, en particular si se incluyen los requisitos obligatorios sobre el suministro ético de materias primas. La provisión de un marco legal predecible para la producción y el reciclaje de baterías sostenibles en la UE es probable que impulse la creación de empleo.”. Desde aquí esperamos que el sector tome nota y se incorpore cuanto antes a la economía circular.

Referencias

Autoras: Laura Caneiro Oliveira, Pilar Cartón Álvarez, Micaela Domínguez González, Diana García Fernández, Eva García Vázquez

Amnistía Internacional de Asturias

Este artículo refleja las opiniones de las autoras y no es una comunicación oficial de Amnistía Internacional

"Cobalto, Derechos Humanos y legislación internacional"

En este artículo se habla de:
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