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Reformar la constitución está siendo una demanda social que cada vez coge más fuerza. Pero, ¿cómo debe renovarse? ¿cómo se incluirá el reto medioambiental del siglo XXI?

Se acaba de celebrar el Día de la Constitución Española y Ecologistas en Acción ha denunciado que la mayor parte de las Constituciones, incluida la española, no están preparadas para reaccionar a la grave crisis ecológica que se avecina. "Dan la espalda al cambio climático y al severo deterioro de los ecosistemas que nos permiten la vida", aseguran.

Esta ONG medioambiental subraya que la mayoría de ellas han sido escritas desde la cosmovisión de un sistema en crecimiento que ignora los límites ambientales y desde una concepción del ser humano separado de la naturaleza.

"La Constitución española antepone el crecimiento económico a la protección de los bienes naturales imprescindibles para la supervivencia, que son cada vez más escasos. Si bien este criterio era comprensible en tiempos pasados ahora resulta suicida. En plena reflexión de reforma constitucional es urgente e imprescindible incorporar la sostenibilidad ecológica como uno de sus ejes centrales y con máxima jerarquía normativa", señala Ecologistas en Acción.

Por ello, han realizado las siguientes propuestas para una Constitución actualizada ecológicamente:

  1. Ha de explicitar y defender la sostenibilidad ecológica y social como un objetivo colectivo central y ha de ser un eje vertebrador de la Constitución.
  2. La sostenibilidad ecológica y social ha de tener un rango de máxima jerarquía.
  3. Cuando existan incompatibilidades entre desarrollo económico y sostenibilidad ecológica ha de ponerse esta segunda por delante, ya que si no hay sostenibilidad ecológica finalmente no la habrá económica.
  4. Ha de proteger la propiedad colectiva y el bien común.
  5. Ha de reinterpretar el concepto de seguridad incorporando la seguridad ecológica y de cuidados.
  6. Ha de incluir el análisis de la economía ecológica en las propuestas económicas, reconociendo los límites de los recursos y la dependencia de las sociedades y sus economías de la base material de la vida.
  7. Ha de proteger la sostenibilidad local y global en los tratados internacionales.
  8. Ha de tomar un papel proactivo en la lucha contra el cambio climático, la transición energética, la defensa de la biodiversidad y la prohibición y limitación de residuos peligrosos.
  9. Ha de defender la propiedad colectiva de los bienes ecológicos claves para la sostenibilidad.
  10. Ha de defender el principio de precaución en la extracción, producción y emisión de residuos cuando las consecuencias son inciertas, complejas o poco estudiadas.
  11. Debe desarrollar medidas en torno a la soberanía alimentaria y la agroecología, el equilibrio ecológico, la movilidad sostenible y la limitación de la insostenible, la conservación de las aguas, el aire y los suelos, la prohibición de armas químicas, la limitación y prohibición de los depósitos de residuos nucleares, el desarrollo energías alternativas y renovables, la protección de los recursos genéticos y microorganismos, la restauración de la biodiversidad en riesgo de extinción, las especies animales protegidas, la prohibición de incluir recursos naturales en el mercado de valores, el desarrollo de tecnologías sostenibles, el derecho a la información ambiental, el fomento de la investigación en sostenibilidad, el desarrollo de la educación para la sostenibilidad.
  12. En un contexto de escasez de recursos ha de poner algún tipo de freno a la acumulación privada de bienes naturales.
  13. Ha de defender la participación de la población en la gestión ambiental y la defensa de la naturaleza.

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