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La entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/3005 marca una discontinuidad regulatoria estructural para el mercado de las Calificaciones ESG (ESG ratings). La norma, aplicable desde el pasado 27 de noviembre 2024 y plenamente operativa a partir del 2 de julio de 2026, introduce obligaciones estrictas de gobernanza, transparencia metodológica y la supervisión directa de la AEVM (ESMA) sobre los proveedores.
El principio del fin del mercado de las calificaciones ESG  tal como lo hemos conocido

Así la UE incluye en la noción de calificación ESG tanto las opiniones como las puntuaciones (scores), o una combinación de ambas, dejando a los proveedores la posibilidad de utilizar metodologías propias, pero imponiendo normas estrictas sobre gobernanza, transparencia metodológica y conflictos de interés. Esta nueva identidad conduce a una regulación más estructurada del mercado, sometiendo a los operadores a la supervisión de la ESMA según diferentes vías reglamentarias en función de la tipología y el origen del proveedor.

¿Es cierto entonces que ha terminado el tiempo de las calificaciones ESG? Cierto. Tal y como las hemos conocido y apreciado hasta ahora, el mercado de las evaluaciones ESG está cambiando totalmente de fisonomía. De un sistema de abajo hacia arriba (bottom-up), caracterizado por un número muy elevado de operadores internacionales, transfronterizos o europeos, más o menos autorregulados, hoy se asiste a un mercado "en embudo": para operar en la Unión, los proveedores de calificaciones ESG están sujetos a un marco regulatorio de registración, autorización y supervisión, con la ESMA como autoridad directamente competente.

El inicio del nuevo régimen de supervisión de la ESMA ha impulsado a decenas de operadores a presentar solicitudes de inscripción en el registro europeo. Entre las entidades que han completado el proceso figuran numerosos pequeños operadores y sociedades independientes. En este contexto de gran fermento competitivo, Standard Ethics Europe destaca y ha sido confirmada oficialmente entre los primeros operadores europeos registrados en el registro oficial de la ESMA como small provider (pequeño proveedor). Esta primera oleada de registraciones confirma la validez de la trayectoria emprendida por las agencias europeas de menor tamaño, las cuales, aunque estructuradas como entidades ágiles y especializadas, logran cumplir plenamente con los rigurosos requisitos de gobernanza, transparencia metodológica y cumplimiento (compliance) introducidos por la normativa comunitaria, garantizando así la continuidad operativa y la máxima fiabilidad para los inversores y agentes del mercado financiero.

De hecho, el reglamento prevé, vías diferentes para los proveedores, incluidos regímenes específicos para operadores de terceros países y un régimen proporcionado para los pequeños proveedores europeos. Este elemento, la supervisión, permite que los usuarios y el mercado se reorganicen de manera sistémica. Asimismo, permite que los proveedores compitan dentro de reglas comunes, que los pequeños operadores sigan operando en un marco proporcionado y que la calificación ESG obtenga, con todas las limitaciones del caso, una primera e importantísima cobertura legal.

Las empresas que deseen someterse a una evaluación ESG independiente, contratar a los proveedores y analistas ESG, tendrán sin embargo un garante.

Si una empresa desea someterse a una evaluación ESG por parte de un proveedor que opera en la Unión, puede consultar el registro de la ESMA para verificar su estatus regulatorio y contactar al proveedor.

Para salvaguardar la integridad de los procesos y de la evaluación final se encuentran, en primer lugar, los analistas ESG. Su profesionalidad asume un papel central en la aplicación concreta de las metodologías y en la evaluación de la información disponible. El nuevo marco regulatorio presta especial atención a la transparencia, a la integridad de los procesos y a la correcta gestión de los potenciales conflictos de interés, tanto para el proveedor como para el analista en su cargo de ejecutor el proceso de valoración de datos.

Si tuviéramos que elegir una fecha, esperaríamos a 2029, cuando la Comisión Europea, a más tardar el 2 de enero, deba evaluar la aplicación del reglamento y presentar un informe al Parlamento Europeo y al Consejo. La evaluación se centrará en la evolución de la estructura del mercado, el número y la diversidad de los proveedores, los potenciales conflictos de interés y la supervisión ejercida por la ESMA.  Es cierto, por tanto, que estamos asistiendo a la fase de lanzamiento de un nuevo mercado de calificaciones ESG, muy diferente al que conocíamos. Solo queda mirar al futuro con confianza y tomarnos un tiempo para evaluar su funcionamiento.

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