Opinión

Entre lo sostenible y lo sustentable

Artículo que pretende diferenciar dos conceptos que hasta el momento los consideran sinónimos, siendo en la práctica indicadores diferentes.

¿Está la RSC está tocada? ¿Cuál debe de ser el nuevo rumbo?

En mi opinión, la RSC es un modelo de gestión imprescindible. Pero desde mi humilde punto de vista este modelo, tal y como la conocemos, está socialmente tocado. Un árbol no nos puede impedir ver el bosque. Muchas entidades están gestionando muy bien la RSC. Aprendamos de ellas, hagamos los cambios necesarios, visibilicemos sus virtudes. Veamos mis reflexiones.

La desigualdad social; una práctica común

Es común hacer referencia a la desigualdad solamente en aspectos económicos, algo que de suyo es importante, pero también está inmersa dentro de la cultura organizacional, generando por ello barreras interpersonales en el trato diario dentro de misma empresa.

Algo es algo: Algo de RSE en un Ranking de CEO

¡Otro ranking! Harvard Business Review publicó en su número de noviembre del 2015 un ranking de los CEO (Consejeros Delegados, Presidentes de empresa) “con mejor rendimiento”, The best performing CEOs in the World. Primero haremos unos breves comentarios para entender su contenido y significado para luego considerar el papel que se le hado a la RSE en su calificación.

Nacidos para hacer historia, no (sólo) memorias de RSC

Últimamente no hago más que leer artículos en los que la responsabilidad social corporativa está acabada (algunos también la han dado por muerta). Pues no, para disgusto de los que aún aspiran a hacer negocios de forma no ética, no responsable.

La función social de las empresas

“La empresa con fines de lucro es, debe ser y seguirá siendo la institución central de la economía moderna. Pero esto no significa que el objetivo de la empresa con fines de lucro sea obtener un beneficio, del mismo modo que nosotros necesitamos respirar para vivir, pero respirar no es el objetivo de nuestra vida”. Me gustó esta frase de un artículo de John Kay en el Financial Timesen la edición en papel del 13 de junio.

Código de Buen Gobierno 2015 y RSC: recomendaciones a las cotizadas

diarioresponsable.com| Recomendaciones específicas en materia de Responsabilidad Social Corporativa del nuevo código de buen gobierno de las sociedades cotizadas

Una de las novedades más significativas del nuevo Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, hecho público por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 24 de febrero de 2015, es la inclusión (sobre un total de 64 recomendaciones que tiene el Código) de 3 recomendaciones específicas en materia de responsabilidad social corporativa (“RSC”) y de 4 recomendaciones que integran la RSC en otros aspectos empresariales.

Las 3 recomendaciones específicas en materia de RSC son las siguientes:

  • Que se incluya la política de RSC, junto con las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta, como materia a supervisar por alguna de las comisiones, incluyendo un detalle de las funciones que deberá asumir tal comisión en estos ámbitos (R53).

  • Que exista una política de RSC (que incluya los principios o compromisos que la empresa asuma voluntariamente en su relación con los distintos grupos de interés) con un contenido mínimo (R54). En particular, la política de RSC debe incluir entre otros asuntos: “c) Las prácticas concretas en cuestiones relacionadas con: accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de conductas ilegales. Y d) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, la ética y la conducta empresarial”. Esta Recomendación tiene como antecedente el artículo 529 ter del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en el que se establece que la política de RSC es una facultad indelegable del consejo de administración.

  • Que se informe en documento separado, o en el informe de gestión, de los asuntos relacionados con la RSC, utilizando para ello alguna de las metodologías aceptadas internacionalmente (R55).  Esta recomendación anticipa sin ningún género de duda la transposición al ordenamiento jurídico interno de la Directiva de información no financiera (Directiva 2014/95/UE).

Códigos éticos o de conducta. Su concepto. Su necesidad.

La ética es la rama del saber que se ocupa del estudio de las acciones morales de los individuos y de los grupos, así como de las reglas y normas que rigen ese comportamiento en una sociedad determinada.
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