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La integración de la Mujer en el mundo laboral plantea diferentes desafíos que deben ser considerados para que puedan alcanzar su máximo potencial sin encontrar obstáculos inherentes a su condición de género. El acceso de la mujer a puestos de toma de decisiones dentro de las organizaciones es una de las condiciones esenciales para el desarrollo de las prácticas de igualdad en el seno de las mismas.

El avance de la Responsabilidad Social Empresaria (RSE) como materia para los negocios y la academia, ha instalado grandes temas de debate dentro de la amplitud del alcance de dicho concepto. Uno de ellos es la temática del “prácticas laborales” y más particularmente el de la “diversidad y equidad de género”.

La integración de la Mujer en el mundo laboral plantea diferentes desafíos que deben ser considerados para que puedan alcanzar su máximo potencial sin encontrar obstáculos inherentes a su condición de género. Un claro ejemplo de ello es la maternidad, que muchas veces puede llegar hasta plantear el problema de tener que elegir entre la carrera o la opción de una familia, si el tema no es abordado correctamente.

Entre los antecedentes internacionales que destacan la importancia del tema se encuentra la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW en inglés)[1], que es la primera convención con alcance global que define con claridad el principio de igualdad y no discriminación basado en género, y amplía la responsabilidad estatal para respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres. La CEDAW establece la obligación de los estados de tomar medidas concretas para garantizar que las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, accedan a cargos públicos y ejerzan funciones en todos los niveles de gobierno.  Además, el artículo 75 inc.22 de nuestra Constitución Nacional otorga a esta convención jerarquía constitucional. 

Según el “Informe sobre el desarrollo mundial 2012: Igualdad de género y desarrollo” [2] del Banco Mundial, la igualdad de género tiene importancia por derecho propio, pero también tiene sentido desde el punto de vista económico. Los países que generan mejores oportunidades y condiciones para las mujeres pueden incrementar la productividad, hacer que las instituciones sean más representativas y promover las perspectivas de desarrollo para todos.

Un documento presentado en el Foro Económico Mundial de Davos titulado “Una solución poco desarrollada: la mujer y la escasez de talentos” hace hincapié en la necesidad de una mayor participación de la mujer en la fuerza laboral del mundo como componente fundamental para el crecimiento económico y el desarrollo sostenible a largo plazo.[3]

El acceso de la mujer a puestos de toma de decisiones dentro de las organizaciones es una de las condiciones esenciales para el desarrollo de las prácticas de igualdad en el seno de las mismas. Sin embargo, este acceso de las mujeres a los cargos de dirección y/o toma de decisiones no representa una condición que pueda evidenciarse como una cuestión natural, dentro de las organizaciones de nuestro país. Es por esto que se debe pensar en una ley que establezca participaciones mínimas de las mujeres dentro de los ámbitos de decisión en las organizaciones. La Unión Europea cuenta ya con países que tienen legislación al respecto. Esto muestra una clara inclusión de las mujeres a ocupar cargos ejecutivos y a cobrar mayor representación laboral sin bajar la calidad de conducción, sino muy por el contrario conservarla y potenciarla. Los países que ya han aplicado la ley como Francia, Bélgica e Italia están mostrando resultados positivos comprobables. Una intervención reguladora limitada en el tiempo puede marcar la diferencia. Por esto, es que invito a la reflexión acerca de la importancia de la incorporación de legislación en la perspectiva de equidad de género dentro de las organizaciones, incorporando medidas tendientes a garantizar la igualdad entre mujeres y varones en el acceso al empleo, en la formación y promoción de profesionales, y en las condiciones de trabajo.

[1] The Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women (CEDAW),  (UN)1979.

[2] The 2012 World Development Report on Gender Equality and Development. Banco Mundial, 2011.

[3] El rol de la mujer en el mundo laboral. ComunicaRSE, 30.03.2009

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OpiniónIgualdad

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