La Ley General de Discapacidad (LGD) en su artículo 42 establece que “Las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por 100 sean trabajadores con discapacidad”. Esta ley -que sustituye a la antigua LISMI- sigue siendo una gran desconocida para muchas empresas y en algunos casos, se convierte en un dolor de cabeza para los directores de Recursos Humanos que tienen que gestionarla e implementarla. Desde Fundación Randstad llevamos 17 años asesorando a las empresas sobre el cumplimiento de esta normativa. La búsqueda de perfiles con discapacidad que encajen en la empresa no es una tarea sencilla.