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El Consejo Europeo ha adoptado nuevas normas para reducir el consumo final de energía en la UE en un 11,7% en 2030. Con la nueva disposición los Estados miembros se beneficiarán de flexibilidades para alcanzar el objetivo.
Nueva directiva para reducir el consumo de energía en la Unión Europea

La Unión Europea es un actor importante en el consumo de energía a nivel mundial. En general, el consumo de energía en la UE proviene de diversas fuentes, incluyendo el petróleo, el gas natural, el carbón, la energía nuclear, las energías renovables y otras fuentes de energía. Algunos puntos clave sobre el consumo de energía en la UE son:

  1. Dependencia de las importaciones: La UE depende en gran medida de las importaciones de energía, especialmente de petróleo y gas natural, lo que puede tener implicaciones para la seguridad energética y la economía de la región.
  2. Energías renovables: La UE ha estado trabajando en la transición hacia fuentes de energía más limpias y sostenibles, y ha establecido objetivos ambiciosos para aumentar la participación de las energías renovables en su mezcla energética.
  3. Eficiencia energética: La UE también ha estado centrada en mejorar la eficiencia energética en diferentes sectores, lo que incluye políticas para reducir el consumo total de energía y mejorar la sostenibilidad.
  4. Políticas energéticas: La UE ha desarrollado una serie de políticas y acuerdos en el ámbito energético, como el "Paquete de Energía Limpia para Todos los Europeos" y el "Plan de Acción para la Energía Sostenible".

Con le objetivo de seguir apostando por el desarrollo sostenible, la Comisión Europea ha adoptado nuevas normas a partir de las cuales los Estados miembros garantizarán colectivamente una reducción del consumo final de energía de al menos el 11,7% en 2030, en comparación con las previsiones de consumo de energía para 2030 realizadas en 2020. Esto se traduce en un límite máximo de consumo de energía final de la UE de 763 millones de toneladas equivalentes de petróleo y de 993 millones de toneladas equivalentes de petróleo para el consumo primario.

El límite de consumo para el consumo final será vinculante para los Estados miembros colectivamente, mientras que el objetivo de consumo de energía primaria será indicativo. Cabe recoardar que el consumo final de energía representa la energía consumida por los usuarios finales, mientras que el consumo de energía primaria incluye también la utilizada para la producción y el suministro de energía.

A partir de esta nueva iniciativa todos los Estados miembros contribuirán a alcanzar el objetivo global de la UE. Establecerán contribuciones nacionales indicativas y trayectorias para alcanzar el objetivo en sus planes nacionales integrados de energía y clima (NECP). Los borradores actualizados de estos planes debían presentarse en junio de 2023 y los planes definitivos en 2024. La fórmula para calcular las contribuciones nacionales al objetivo (definida en el anexo I de la propuesta) será indicativa, con la posibilidad de desviarse de ella en un 2,5%.

La Comisión calculará si todas las contribuciones suman el objetivo del 11,7% y, en caso contrario, emitirá correcciones a las contribuciones nacionales que sean inferiores a lo que habrían sido si se hubiera utilizado la fórmula (el llamado mecanismo de colmación de lagunas). La fórmula se basa, entre otras cosas, en la intensidad energética, el PIB per cápita, el desarrollo de las energías renovables y el potencial de ahorro energético.

El objetivo de ahorro energético anual para el consumo final de energía aumentará gradualmente de 2024 a 2030. Los Estados miembros garantizarán nuevos ahorros anuales del 1,49% del consumo final de energía por término medio durante este período, alcanzando gradualmente el 1,9% el 31 de diciembre de 2030. Los Estados miembros pueden incluir en el cálculo del objetivo el ahorro de energía conseguido gracias a las medidas adoptadas en virtud de la Directiva sobre eficiencia energética de los edificios, tanto la actual como la revisada; las medidas derivadas del régimen comunitario de comercio de derechos de emisión (para instalaciones, edificios y transporte); y las medidas energéticas de emergencia.

Además, las nuevas normas establecen una obligación específica para el sector público de lograr una reducción anual del consumo de energía del 1,9%, que puede excluir el transporte público y las fuerzas armadas. Además, los Estados miembros deberán renovar cada año al menos el 3% de la superficie total de los edificios propiedad de organismos públicos.

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