En el caso de las inundaciones provocadas por las fuertes lluvias que desbordaron caudales de ríos de la zona del interior de la provincia de Valencia, y cuyas aguas torrenciales buscando salida al mar, anegaron varios municipios cercanos a la ciudad, el gobierno autonómico incumplió con los protocolos de emergencia establecidos en la normativa vigente. La alerta de protección civil que podría haber salvado cientos de vidas, llegó a los móviles cuando las inundaciones se estaban produciendo, tomando por sorpresa a miles de personas que vivían su cotidianidad desde una absoluta normalidad. Es importante puntualizar entonces que, según el sistema de distribución de competencias del Estado español, las comunidades autónomas en materia de gestión ambiental y respuesta ante catástrofes son las responsables, es relevante señalar que el Estatuto de Autonomía y la normativa “regional” confieren al gobierno autonómico, –en la Comunitat Valenciana, actualmente encabezado por Carlos Mazón, del Partido Popular– facultades clave para la planificación, prevención y respuesta ante emergencias ambientales.
No cabe ninguna duda de la falta de preparación y la escasa eficacia en la respuesta ante los efectos del temporal —que afectó de manera crítica a diversas áreas de la comarca de la Huerta sur de la provincia de Valencia— reflejan la necesidad urgente de reforzar la capacidad de gestión ambiental autonómica, así como de revisar y optimizar los protocolos de respuesta ante desastres, para que puedan anticiparse mejor a los eventos extremos cada vez más frecuentes y proteger de manera adecuada a los grupos vulnerables.
El profesor Adrián García Ortiz, en su propuesta de "orden público ecológico", invita a integrar una perspectiva de justicia ambiental que reconozca la naturaleza como sujeto de derechos y la necesidad de proteger su equilibrio como parte fundamental del orden constitucional. Este enfoque apunta a replantear la protección ambiental no como un tema aislado, sino como un principio fundamental que obliga al Estado a tomar medidas preventivas y compensatorias en casos de catástrofes medioambientales.
La noción de responsabilidad estatal adquiere una relevancia particular en este contexto. En un sistema donde el Estado asuma una postura activa frente al cambio climático, episodios como la DANA o cualquier otra catástrofe ambiental deberían analizarse tanto como fracasos de una política ambiental insuficiente, y también, como un desafío respecto de superar la lógica que subyace el derecho medioambiental hoy día existente, destinado básicamente a abordar las externalidades negativas generadas por la acción antrópica en nuestros entornos sin mayor prospectiva.
Los desastres climáticos deben ser gestionados desde una óptica holística y el derecho debe jugar un rol en esa tarea. El enfoque sectorial actual —que divide la responsabilidad ambiental en diversas instituciones y agencias, frecuentemente sin coordinación efectiva— resulta insuficiente. Es imprescindible avanzar hacia una lógica general que integre todas las áreas de la política pública en una respuesta coherente y sincronizada ante el cambio climático y sus efectos. Este enfoque sería consistente con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres, el cual propone una adaptación climática que integre la preparación, la mitigación y la resiliencia como partes indivisibles de la planificación gubernamental.
La adaptación climática no puede seguir basándose únicamente en el manejo de riesgos conocidos; la creciente frecuencia e intensidad de fenómenos climáticos extremos obliga a innovar en los modelos predictivos y adaptativos. Por ejemplo, los planes de adaptación climática deben integrar perspectivas locales e innovadoras, aprovechando tecnologías de predicción más sofisticadas, deben proponerse diseñar marcos normativos que consideren la evaluación ambiental respecto del conjunto de actos administrativos para ir midiendo los impactos acumulativos de las intervenciones humanas y, además, deben aceptar saberes-otros mediante el diálogo intercultural que consideramos esencial para abordar esta problemática global.
Una referencia útil es el criterio de Responsabilidad Ambiental y Financiera del Gobierno (AFG) en Chile, donde el Estado se ha comenzado a hacer responsable de las pérdidas económicas y ambientales en zonas de riesgo, promoviendo una mayor corresponsabilidad en la protección del medio ambiente. Este modelo de responsabilidad del Estado puede servir como inspiración para Europa, ya que permite abordar tanto la prevención como la compensación de daños, estableciendo un sistema en el que el gobierno asume el deber de velar activamente por la sostenibilidad.
Finalmente, el abordaje de los desastres climáticos requiere una renovación en la forma de comprender el derecho ambiental. Esta transformación epistémica implica integrar conceptos como el orden público ecológico y la justicia climática en el centro de la justicia ambiental. Los desastres climáticos, como las DANA, no deben ser entendidos como eventos "naturales", sino como consecuencias de un sistema económico y político que debe revisarse y adaptarse a las nuevas exigencias de sostenibilidad y justicia intergeneracional. En conclusión, el antropoceno nos enfrenta a desafíos que exigen un replanteamiento profundo de nuestras estructuras legales y, por supuesto, también fiscales y estatales. Adoptar el orden público ecológico, así como una lógica general y coordinada de gestión de riesgos, será crucial para enfrentar los desastres que vendrán.