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La Agenda 2030 y sus diecisiete objetivos de desarrollo sostenible (ODS) constituyen el plan de Naciones Unidas para luchar contra los principales desafíos del mundo y abarcan desde la eliminación de la pobreza hasta la lucha contra el cambio climático, además de la educación, la igualdad, el trabajo de calidad, el diseño de nuestras ciudades, el agua limpia o la protección del medio ambiente. Y, como elemento aglutinador de todos estos desafíos, está el valor de la justicia. Todos los objetivos de la Agenda 2030 están relacionados entre sí y requieren soluciones integradas para abordarlos con eficacia, pero es indiscutible que la Agenda no podrá tener éxito si no partimos de sociedades con un sistema de administración de justicia imparcial, eficaz y sin discriminaciones, que —junto con unas sólidas instituciones basadas en el Estado de derecho— garanticen el acceso de todos, incluidos los más vulnerables, a la justicia.

Tomando prestada la definición de justicia que recoge el Informe S/2004/616 del Secretario General de Naciones Unidas al Consejo de Seguridad, de 3 de agosto de 2004, debemos entender la justicia como un ideal de responsabilidad y equidad en la protección y reclamación de los derechos y en la prevención y el castigo de las infracciones, que tenga en cuenta los derechos e intereses de las partes y el bienestar de la sociedad en su conjunto. La justicia es un concepto arraigado en todas las culturas y tradiciones nacionales, y, a pesar de que su administración normalmente implica la existencia de mecanismos judiciales de carácter oficial, los métodos tradicionales de solución de controversias son igualmente válidos.

La justicia es, por tanto, un valor primordial, pero también una meta que conseguir. Así, en línea con esta definición y dentro de la Agenda 2030, el ODS 16 es el objetivo que incluye en su título la referencia a la justicia: “Paz, justicia e instituciones sólidas”. El contenido de este objetivo es el de “promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas”. Dentro de las metas de este objetivo, una de ellas —la 16.3— se refiere expresamente a la justicia y exhorta a “promover el Estado de derecho en los planos nacional e internacional y a garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos”.

Esta meta 16.3 del ODS 16 se refiere, en particular, a un principio básico del Estado de derecho que es el de garantizar la igualdad de acceso a la justicia. Se trata de una meta dirigida claramente a los profesionales del derecho, ya que en la tarea de su consecución pueden involucrarse todas las profesiones jurídicas: abogados, fiscales, jueces y magistrados, procuradores, secretarios judiciales, etc., cada uno dentro de sus respectivas competencias en el ámbito de la administración de justicia. Y, entre todas ellas, son los abogados los que están llamados a desempeñar un papel protagonista en esta tarea, ya que tienen a su alcance múltiples vías para contribuir a esta meta.

Así, la contribución a la meta 16.3 del ODS 16 de los abogados puede hacerse desde el ejercicio mismo de la profesión, como participes que son de la función pública de administración de justicia. Los abogados son una pieza esencial de esta función pública y del engranaje de la justicia. Sin ellos no es concebible la justicia como sistema de protección y reclamación de derechos. Los abogados defienden los derechos y libertades de todas las personas, asesoran y concilian los intereses que les son confiados y, en definitiva, contribuyen, desde el respeto a la justicia, a generar confianza y seguridad jurídica. La abogacía es una profesión que, ejercida desde el más estricto cumplimiento de las normas deontológicas que rigen su actividad, contribuye a reforzar el Estado de derecho, la defensa de los derechos humanos y el compromiso con la sociedad y la justicia. La contribución de los abogados a la meta 16.3 del ODS 16 se puede enfocar también desde la asistencia jurídica gratuita, un servicio público que garantiza el acceso a la justicia en condiciones de igualdad a quienes carecen de recursos económicos para litigar y que exige, por parte de los abogados, la prestación de un servicio justo, transparente, eficaz y responsable. Además, los abogados pueden contribuir a la meta 16.3 del ODS 16 a través del trabajo pro bono, que es aquel asesoramiento jurídico altruista, gratuito y voluntario que los abogados pueden prestar en favor de entidades sin ánimo de lucro. Se trata de un asesoramiento que contribuye directamente a facilitar el acceso a la justicia a entidades sin ánimo de lucro que por razones económicas o de otra índole no pueden acceder a ella. Y hay muchas otras formas de contribuir al ODS 16 al alcance de los abogados, como son el análisis y la investigación jurídica, la innovación, la promoción de los cambios legales necesarios para mejorar el ordenamiento jurídico, la participación en colegios o en asociaciones profesionales involucradas en aspectos relacionados con la administración de justicia, la actividad docente, la tutela de jóvenes abogados, etc.

Estamos a punto de iniciar lo que Naciones Unidas ha llamado “la década de la acción” para lograr alcanzar el propósito y los objetivos que se marcó la Agenda 2030 en el año 2015. Es el momento de que todos aceleremos nuestras aportaciones, con ideas innovadoras y ambiciosas, y forjemos alianzas. Entre todos debemos impulsar los ODS, y los abogados tenemos a nuestro alcance múltiples opciones para contribuir a la meta 16.3 del ODS 16. La justicia que reclama el ODS 16 es un valor primordial imprescindible y una meta necesaria para lograr el resto de los ODS y, por ello, los abogados debemos poner todo nuestro empeño para —de forma individual o en alianza con otras profesiones jurídicas o instituciones públicas— lograr un sistema de administración de justicia imparcial, eficaz y sin discriminaciones, en el que esté garantizado el acceso de todos, incluidos los más vulnerables.

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