De los tres aspectos que contempla la Responsabilidad Social, el medioambiental es quizá al que menos atención se le presta. Quizá al no estar incluido en el nombre, da la sensación de que los temas sociales, los relacionados con los derechos humanos y las prácticas laborales, los temas de igualdad de género o los relacionados con los consumidores y la sociedad en general, son más relevantes y generan una mejor reputación de las organizaciones y, por tanto, éstas les dedican sus mayores esfuerzos.
Además, la aplicación de los criterios medioambientales muchas veces precisa de reingeniería de procesos, por lo que su implantación suele ser costosa.
Contabilizando los criterios medioambientales que imponen o sugieren las asociaciones de normalización o de otro tipo que publican regulaciones en materia de RS, se puede constatar un hecho y es que apenas llegan al 40%, siendo en uno de los casos, inexistentes (Tabla 1).

Tabla 1: Proporción de criterios medioambientales para diferentes
modelos de análisis de la RS. (Elaboración propia)
De otra parte, un Plan Ambiental (PA) es la herramienta a través de la cual una organización se compromete a gestionar los impactos medioambientales negativos producidos por su actividad, de manera que se consiga su eliminación o minimización.
Generalmente un PA, visto desde la perspectiva de la empresa, persigue satisfacer uno o varios requisitos de la administración, por lo que, en general, no se elabora teniendo en cuenta criterios de RSC. Precisamente, una de las características inherentes a la RSC es la voluntariedad de su aplicación y declaración, lo que le confiere en cierto sentido, mayor credibilidad. Además, se da la circunstancia de que con bastante frecuencia son varias las administraciones competentes en materia de medio ambiente, lo cual complica notablemente el asunto.
Los impactos medioambientales negativos a que se hacía referencia anteriormente incluyen a los residuos y vertidos, los consumos de agua, energía y materias primas, la contaminación atmosférica y el ruido, el impacto sobre la biodiversidad y otros. Los trámites y la documentación que hay que mantener actualizada son de muy diverso tipo, entre otros: la Autorización Ambiental Integrada o la Licencia Ambiental, la Evaluación y Declaración de Impacto Ambiental, el Plan de Vigilancia Ambiental, etc.
Si a estas circunstancias añadimos que hay empresas que tienen su Sistema de Gestión Ambiental certificado según alguna norma, nos encontramos con que el trabajo que hay que dedicar a los asuntos relacionados con el medio ambiente es ímprobo, sin contar con que muchas veces, las personas o departamentos que se ocupan de estos temas también lo hacen de la gestión de la calidad y de la prevención de riesgos laborales.
Una vez establecido el contexto, haremos un pequeño análisis de algunos criterios medioambientales que se pueden incluir en un Plan Ambiental, aunque no todos sean obligatorios. En la Tabla 2 se presentan algunos de los más relevantes de las distintas Organizaciones o Normas.

Tabla 2: Algunos criterios medioambientales para diferentes
modelos de análisis de la RS. (Elaboración propia)
A modo de conclusión se podría decir que muchos de los criterios medioambientales incluidos en las diferentes políticas de gestión de la RS, están completamente alineados con los Planes Ambientales que puedan declarar las organizaciones, aunque a otros hay que dedicarles esfuerzos específicos.
Desde luego, la supervivencia de las organizaciones en el medio plazo pasa por la incorporación a su sistema de gestión de todos los criterios de la Responsabilidad Social incluidos, naturalmente, los medioambientales.